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4. A continuación, el terminal expedirá uno o varios resguardos. En todos ellos constarán los siguientes datos:

-Tipo de juego
-Pronósticos efectuados
-Número asignado específicamente a efectos del reintegro
-Fecha de los sorteos o semana en que participa
-Número de apuestas
-Importe de las apuestas jugadas
-Números de control

5. El resguardo es el único instrumento válido para solicitar el pago de premios y constituye la única prueba de participación en los concursos. A todos los efectos quedará identificado por los números de control que figuran en él.

10ª. El concursante es el único responsable de la correcta cumplimentación de su boleto y deberá comprobar en el momento de recibir el resguardo si las apuestas y los pronósticos contenidos en él son de conformidad, además de que han sido impresos correctamente los datos que establece la norma 9ª.4.

11ª. Entregado el resguardo al concursante, no se accederá a la solicitud que pudiera formular éste sobre anulación, salvo que ésta sea necesaria debido a un fallo del terminal o de su impresora. No podrán rectificarse pronósticos, una vez que han sido validados correctamente por el terminal. Tampoco podrán rectificarse o formularse pronósticos por telegrama, carta o cualquier otro procedimiento no contemplado en estas normas.

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12ª. Los titulares de los puntos de venta son intermediarios independientes asumiendo la responsabilidad de la perfecta ejecución de todas las operaciones a su cargo, sin que en ningún caso, sus posibles anomalías puedan ser imputadas a Loterías y Apuestas del Estado.

13ª. Los titulares de los puntos de venta entregarán al Delegado Comercial de Loterías y Apuestas del Estado al que estén adscritos o persona que le represente, los resguardos validados y posteriormente cancelados (según lo dispuesto en la norma 11ª), así como detalle de las incidencias detectadas en las validaciones de los boletos.

14ª. Recibidos por el Delegado Comercial los resguardos de cancelación, unidos a sus correspondientes resguardos de apuestas validadas, procederá a remitirlos a la Junta Superior para el control y custodia de los mismos.

15ª. Terminado el período de validación se remitirá a la Junta Superior de Control por el responsable de los sistemas centrales informáticos, el soporte que contenga todas las apuestas validadas, incluso las canceladas, y por el del servicio de escrutinio, el detalle del número de resguardos validados, las apuestas que participan y la venta obtenida para el concurso.

Información facilitada por ONLAE.

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